Cómo inscribirse en el RELIC paso a paso

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Inscribirse en el RELIC significa dejar la documentación de la empresa cargada una vez para que no la tengas que volver a presentar en cada licitación. Para una pyme que se presenta a menudo, es de los mejores tiempos invertidos.

Qué es el RELIC

El RELIC es el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de Cataluña. Es un registro oficial de la Generalitat donde una empresa deposita sus datos y documentación (constitución, poderes, solvencia, clasificación) para que queden acreditados y a disposición de los órganos de contratación. En lugar de volver a aportar las mismas escrituras cada vez que te presentas a una obra, basta con decir que estás inscrito.

Por qué vale la pena

  • Ahorras trabajo en cada licitación: la documentación administrativa ya está depositada y validada.
  • Menos errores de Sobre A: muchas exclusiones son por documentación mal presentada; el registro reduce ese riesgo.
  • Es prácticamente necesario en el simplificado: el procedimiento abierto simplificado (el más frecuente para obras de pyme) pide estar inscrito en el RELIC o en el ROLECE.

Qué tienes que tener a punto

La inscripción va mucho más rápida si reúnes antes estos documentos:

  • Certificado digital de la empresa o de la persona apoderada.
  • Escritura de constitución y poderes de representación vigentes.
  • Datos de identificación fiscal y administradores de la sociedad.
  • Acreditación de solvencia económica y técnica, o la clasificación empresarial si la tienes.

El proceso paso a paso

  • 1. Accede al registro con el certificado digital de la empresa, a través de la sede electrónica de la Generalitat.
  • 2. Da de alta la empresa con los datos de identificación y de representación.
  • 3. Aporta la documentación: escrituras, poderes y acreditación de solvencia o clasificación.
  • 4. Envía la solicitud y espera la validación del registro.
  • 5. Mantenlo al día: actualiza los datos cuando caduquen poderes o certificados, porque la información desfasada puede dejar de servir.

RELIC o ROLECE: cuál te conviene

A efectos del requisito del procedimiento abierto simplificado, la ley pone los dos registros al mismo nivel: el artículo 159.4.a pide estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el registro oficial de la comunidad autónoma correspondiente. No tienes que estar en los dos.

  • Si toda tu obra es en una sola comunidad con registro propio, el registro autonómico te sirve y suele ser el camino más corto.
  • Si te mueves por más de una comunidad, el ROLECE es el que te vale en todas partes, y te ahorra repetir el trámite cada vez que te abres a un territorio nuevo.
  • Estar en los dos no hace daño, pero duplica el mantenimiento: cada cambio de poderes o de administrador hay que actualizarlo dos veces.

Tienes el proceso del registro estatal, con su vía abreviada para sociedades mercantiles y sus trampas, en la guía cómo inscribirse en el ROLECE.

El detalle del plazo que deja gente fuera

La inscripción hay que tenerla en la fecha final de presentación de ofertas, no cuando empiezas el trámite. Como entre la solicitud y la resolución hay semanas, la consecuencia es clara: el registro se hace antes de que aparezca la obra que te interesa, no cuando ya ha salido publicada.

Hay una red de seguridad introducida en 2022 (acreditar que pediste la inscripción a tiempo, sin haber recibido ningún requerimiento de subsanación), pero depende de que el registro no te haya pedido nada. No es una alternativa a hacerlo con tiempo.

RELIC, clasificación y el pliego

Estar en el RELIC no te hace apto automáticamente para cualquier obra: cada licitación exige una solvencia o una clasificación concreta que marca el pliego. El registro acredita lo que tienes; el pliego dice lo que hace falta. Si quieres entender dónde se definen esos requisitos, mira la guía qué es el pliego de cláusulas.

Con licitum no tienes que comparar a mano tu clasificación con cada pliego: lee lo que tienes acreditado (clasificación, solvencia y medios) y lo cruza con lo que pide cada licitación, para que sepas de un vistazo si una obra te queda dentro del alcance.

Preguntas frecuentes

¿El RELIC es obligatorio para licitar en Cataluña?
En el procedimiento abierto simplificado, que es el más habitual para obras de pyme, la ley exige estar inscrito en el RELIC o en el ROLECE para poder presentar oferta. En el resto de procedimientos no es obligatorio, pero ahorra mucho trabajo y evita errores de documentación.
¿El RELIC y el ROLECE son lo mismo?
No. El RELIC es el registro de la Generalitat de Cataluña y el ROLECE es el estatal. Ahora bien, a efectos del requisito del procedimiento abierto simplificado la ley los equipara: el artículo 159.4.a admite la inscripción en el ROLECE o en el registro oficial de la comunidad autónoma correspondiente. Con uno de los dos basta. Si toda tu obra es en Cataluña, el RELIC suele ser el camino más corto; si te mueves por más de una comunidad, el ROLECE te vale en todas partes.
¿Necesito certificado digital para inscribirme?
Sí. La inscripción es electrónica y hace falta un certificado digital de la empresa o de la persona apoderada (por ejemplo idCAT, FNMT u otro certificado reconocido). Sin certificado no se puede completar el trámite.
¿Cuánto tarda la inscripción?
Depende de cómo tengas la documentación. Si tienes a punto las escrituras, los poderes y la solvencia, la aportación de datos es cuestión de un rato; la validación por parte del registro puede tardar unos días. La parte lenta suele ser reunir los documentos, no el trámite en sí.